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Reconocimientos y Convalidaciones de Créditos

El reconocimiento de créditos es la aceptación de asignaturas superadas en unos estudios universitarios cuando el estudiante accede a una nueva titulación.

También, se podrán reconocer créditos por acreditación de experiencia laboral y por asignaturas superadas en otros estudios superiores oficiales (FP) o en estudios universitarios no oficiales.

Con carácter general, en los estudios propios de la Titulación de Quiropráctica, los criterios para el reconocimiento de créditos serán:

  • Se reconocerán al menos 36 créditos correspondientes a materias de formación básica (Anatomía Animal, Anatomía Humana, Biología, Bioquímica, Estadística, Física, Fisiología, Psicología) cuando un estudiante acceda a la Titulación Superior en Quiropráctica procedente de otra titulación de la rama de conocimiento de Ciencias de la Salud.
  • Se reconocerán las materias de formación básica comunes.
  • El resto de materias superadas (obligatorias y optativas) serán objeto de reconocimiento en función de la similitud en competencias y contenidos.
  • Podrán ser objeto de reconocimiento los créditos cursados en otras enseñanzas superiores oficiales (FP).
  • Se podrá obtener reconocimiento de asignaturas por experiencia profesional si existe similitud de competencias. Por este concepto se podrá reconocer un máximo del 15% del total de créditos de la Titulación Superior en Quiropráctica. No tendrá calificación y no computará para obtener la nota media.
  • Se podrá obtener reconocimiento de asignaturas por contenidos cursados en estudios propios universitarios. Por este concepto se podrá reconocer un máximo de 15% del total de créditos de la Titulación Superior en Quiropráctica (se podrá superar este porcentaje si los estudios propios hubieran sido sustituidos por estudios oficiales). No tendrá calificaciones y no computarán para obtener nota media.
  • En ningún caso, podrá ser objeto de reconocimiento el ” Proyecto de Fin de Curso “.

Las asignaturas cursadas en planes antiguos podrán ser objeto de reconocimiento, cuando el estudiante acceda a la Titulación Superior en Quiropráctica, en función de la similitud en competencias y contenidos.

El estudiante abonará el 25% del valor de los créditos reconocidos.

Convalidación Parcial de Estudios Extranjeros (Transferencia)

Este el procedimiento mediante el cual un alumno con estudios extranjeros universitarios en quiroprácticatotales o parciales puede solicitar continuar los mismos estudios en el Madrid College of Chiropractic (MCC) – RCU. En esta modalidad, los alumnos tendrán que cursar un mínimo de 50% de los créditos en el MCCpara obtener la titulación de este Centro.

Las solicitudes de admisión por esta vía serán resueltas por el Director de los Estudios de acuerdo con los criterios que el Consejo Académico del MCC- RCU ha establecido para este procedimiento.

La solicitud de admisión se presentará en la secretaría del centro. El plazo será el establecido por el Centro.

Para obtener admisión se deberán cumplir los siguientes requisitos;

  • El estudiante deberá justificar que está cursando una titulación de nivel universitario, acreditada por uno de los Consejos de Educación Quiropráctica (CCE) y/o ministerio de educación en su país de origen en caso de no existir un CCE responsable por la acreditación de la misma.
  • Habrá que obtener el reconocimiento por asignaturas cursadas en el extranjero de al menos 30 créditos y el máximo de créditos reconocidos no podrá exceder de 150 correspondientes a la Titulación Superior en Quiropráctica.
  • o El reconocimiento de créditos se concede en función de la equivalencia en contenido y carga lectiva entre las asignaturas extranjeras y las del MCC.

La solicitud deberá ir acompañada de la siguiente documentación (legalizada y traducida si es necesario):

  • Original y fotocopia del pasaporte o NIE.
  • Certificación Académica de los estudios cursado en la que se haga constar:
    • Denominación de los estudios, especificando si son oficiales y de nivel universitario.
    • Escala de calificaciones, indicando necesariamente la nota mínima para superar la asignatura.
    • La duración de cada asignatura (anual, semestral).
    • Programas de las asignaturas de las que se solicita reconocimiento (contenido de la asignatura).
    • Plan de Estudios.

Para la presentación y estudio de solicitudes de convalidación parcial de estudios extranjeros hay que abonar una tasa de 95.00€ .

Cómo y cuándo se solicita el reconocimiento de créditos

Las solicitudes de reconocimiento/transferencia deben presentarse después, junto con la documentación, en la Secretaría General del RCU.

Se deberá presentar en la Secretaría General la siguiente documentación:

  1. El programa de la asignatura/s que se haya cursado y se quiera reconocer, sellado por la Universidad de origen y con indicación de las competencias adquiridas.
  2. Certificación Académica Oficial o copia compulsada de las calificaciones del centro de origen.
  3. En uno de los tres documentos anteriores debe aparecer las Materias y/o Rama de Conocimiento de las asignaturas de formación básica.
  4. En el caso de que quieras solicitar el reconocimiento de estudios realizados en el extranjero, se tendrá que abonar una tasa previa al reconocimiento en concepto de estudio de ese expediente. El recibo se facilitará en la Secretaría.

Las solicitudes se resolverán por la Dirección del MCC y la resolución se notificará de manera expresa en el plazo de un mes una vez finalizado el plazo de presentación de solicitudes.

Las resoluciones de la Dirección del MCC se podrán reclamar ante la misma dirección en el plazo de 10 días hábiles. Una vez resuelta la reclamación se podrá presentar recurso ante el Consejo Académico del MCC.

El estudiante abonará el 25% del valor de los créditos reconocidos.

El plazo para solicitar reconocimiento de créditos se establece cada curso académico.